La Ley 30 contiene 143 artículos que aluden a diversos temas relacionados con la
educación superior en términos institucionales, financieros, de autonomía, calidad,
cobertura, pertinencia, campos de acción y programas académicos, entre otros.
Los 143 artículos, desde luego, no agotan el tema de la Educación Superior, ni
mucho menos de la Educación, en todos sus niveles. En consecuencia, lo más
seguro es que el debate en el Congreso se concentre en el Artículo 86, sobre el
cual gravita el modelo de financiación.
Como punto de partida, conviene recordar que la ley 30 fue aprobada en un
contexto internacional y nacional totalmente adverso. En el plano internacional
por la caída el muro de Berlín, la disolución de la Unión Soviética y el Consenso
de Washington, con sus directrices eminentemente privatizadoras, en suma, con
la adopción del paradigma neoliberal como dominante. Internamente, por la
apertura económica, promovida por el presidente Cesar Gaviria, quien expresó :
La Ley 30 de 1992 pretende que la educación superior se ponga a tono con
la apertura económica. Se encamina a que las universidades aporten al
desarrollo de nuevas tecnologías. De esta manera tanto el sector privado
como el estatal podrán competir con mayor iniciativa en el mercado
mundial. 1
No obstante, en 1990, fue convocada la Asamblea Constituyente con el objetivo
de reformar la Constitución de 1886, hallar fórmulas para lograr la paz y ensanchar
la democracia participativa. La discusión se inició en la Preconstituyente o
“Congresito”, que trabajó en comisiones creadas para tratar diversos temas.
Para el de cultura, ciencia y tecnología, la comisión estuvo compuesta por 60
personas, bajo la coordinación del Director de Colciencias, se ocupó a fondo de
los problemas de la educación superior y contó con el aval del Congreso Nacional
de profesores universitarios, reunido en Paipa, entre el 19 y 22 de noviembre de
1990, en el cual se presentaron diversas propuestas, entre otras, la de consagrar
la autonomía universitaria, considerar la educación como un derecho y garantizar
la sostenibilidad financiera de las universidades públicas.
El financiamiento de la Educación Superior pública se puede dar a través de
mecanismos dirigidos a la oferta mediante los aportes directos de la Nación y las
entidades territoriales, o de mecanismos dirigidos a la demanda mediante el cobro
de elevadas tarifas de matrícula y crédito educativo (Icetex) para asumirlas.
En contravía de las tendencias privatizadoras dominantes, el modelo de
financiación de la Educación Superior, establecido en el Artículo 86, consagró el
modelo de subsidio a la oferta:
1 EL TIEMPO 29 de septiembre 1993
” Las universidades estatales u oficiales recibirán anualmente aportes de los
presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen
siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los
presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 1993″. 2
En el artículo 87 se estableció que, adicionalmente a los recursos del artículo 86,
el Gobierno Nacional incrementaría sus aportes para las universidades estatales u
oficiales en un porcentaje no inferior al 30% del incremento del Producto Interno
Bruto y se elaboró sistema de distribución basada en indicadores de desempeño,
mecanismo que fue utilizado para presionar el aumento de cobertura, sin recursos
adicionales.
En 2002, el entonces presidente Alvaro Uribe promovió un Referendo en el cual
incluyó 15 propuestas, entre las cuales figuró la congelación por dos años de los
gastos de funcionamiento de las entidades que administren recursos públicos. La
aprobación habría implicado el congelamiento del presupuesto de las
universidades públicas, pero no fue aprobada por falta de quorum. Ante su
fracaso, se optó por otras medidas tendientes a socavar modelo de subsidio a la
oferta.
El presidente Juan Manuel Santos, durante los dos períodos, dio continuidad a la
tarea privatizadora. En los foros auspiciados por el Ministerio de Educación, desde
marzo de 2010, los ponentes del Banco Mundial sustentaron sus
recomendaciones basados en afirmaciones como las siguientes:
“En tiempos de recesión se requiere el recorte de gastos no prioritarios”;…..
Las tasas de matrícula, como mecanismos de mercado, pueden mejorar la
eficiencia”; “el financiamiento debe hacerse en función del desempeño, con
resultados en el mercado laboral” ,“entre las ventajas del subsidio a la
demanda, el crédito permite diferir el pago del costo de la educación
superior al momento en que los beneficios se materializan vía incrementos
salariales” . 3
Para sustentar la validez del modelo, se mencionaron varios ejemplos, resaltando
el sustancial aumento de la cobertura en el Brasil y fue ostensible el caso de
Chile, país en el cual el modelo privatizador de subsidio a la demanda, mediante
el exponencial aumento de las tarifas de matrícula y la expansión del crédito, se
aplicó a fondo y de manera drástica a partir de 1980, bajo la dictadura militar.
2 Artículo 86, Ley 30 de 1992.
3 Rodolfo Tuirán; “FINANCIAMIENTO DE LA E.S. EN MEXICO”. BANCO MUNDIAL, Alejandro Caballero, “LOS
PROGRAMAS PUBLICOS DE CREDITO ESTUDIANTIL EN UN CONTEXTO DE INCERTIDUMBRE ECONOMICA” ;
OCDE, Paulo Santiago “TENDENCIAS INTERNACIONALES DE FINANCIACION DE LA ES”.
Entre tanto, seguía aumentando la cobertura y los gastos de las universidades.
Según información del Instituto Colombiano de Fomento a la Educación Superior
(ICFES) y del Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES),
en 1993 la matrícula de las 32 universidades estatales en programas de pregrado
fue de 159.218 estudiantes, mientras que para el año 2011, este número alcanzó
los 529.487 estudiantes, lo que significa un incremento de más del 232,55%.
La política del MEN orientada al desmonte del Artículo 86, incluyó la autorización
para crear Instituciones de Educación Superior con “ánimo de lucro” , la cual fue
severamente cuestionada por diversos sectores, incluyendo algunos rectores de
universidades privadas.
En general, la propuesta del gobierno era tan lesiva, que las organizaciones
estudiantiles decidieron articularse, ampliando su participación a estudiantes de
universidades privadas, por el endeudamiento para acceder a la educación
superior. Bajo el liderazgo de la Mesa Amplia Nacional Estudiantil (MANE),
promovieron manifestaciones multitudinarias en Bogotá y otras ciudades, debates
y foros en diversos escenarios. En abril y mayo de 2011, la MANE participó en
una protesta masiva en conjunto con los sindicatos del magisterio y el 1 de
septiembre salió de nuevo a la calle. El 12 de octubre otra marcha para dar inicio
al paro y el “abrazo a las universidades” el 26 del mismo mes. El 3 de noviembre
hubo una jornada nocturna conocida como “marcha de antorchas” y el 10 de
noviembre se produjo la movilización más multitudinaria de este ciclo de protestas,
que fue convocada como la “toma de Bogotá” y terminó siendo una marcha
triunfal, pues se celebraba el anuncio del gobierno de retirar el proyecto de Ley.
Efectivamente, el 11 de noviembre el Presidente Santos, retiró el proyecto de
reforma a la ley 30, acto que fue celebrado como una victoria de los estamentos
universitarios en la defensa de la Educación Superior Pública.
Como es bien sabido, los costos de la ES crecen muy por encima del IPC, lo cual
va superando progresivamente lo alcanzado con el Artículo 86.
Mientras estos crecen con base en la variación del IPC a diciembre de cada
año, los gastos y las inversiones de las universidades tiene un crecimiento
que dobla el crecimiento anual del IPC, generando un desajuste financiero
permanente. Para la muestra, hasta 2018, el promedio de crecimiento de
los gastos de funcionamiento e inversión y de los gastos de personal entre
2010 y 2017 aumentaron 9,7% y 9,4%, respectivamente, 5,9 puntos
porcentuales por encima del IPC, que en promedio para este mismo
período correspondió al 3,8%. 4
4 Informe SUE, 2018, p. 85.
Ante dicha situación, en 2018, el Movimiento estudiantil adquirió elevados niveles
de confrontación y movilización, a partir de los Encuentros realizados en la
Universidad Nacional y la Asamblea de Representantes profesorales de las
universidades públicas (ARPUP) realizada en Riohacha, en la Universidad de la
Guajira, en la cual se acordó exigir al gobierno nacional instalar una Mesa de
diálogo y concertación para acordar y garantizar, entre otros puntos, los
siguientes:
- Adición presupuestal inmediata para solventar la crítica situación financiera de
las IES públicas a diciembre de 2018. - Trámite urgente a una Reforma consensuada de los Artículos 86 y 87 de la Ley
30.
Los estudiantes analizaron la experiencia de la MANE, en 2011 y ampliaron el
alcance de sus actividades a través de la Unión Nacional de Estudiantes de la
Educación Superior (UNEES), la Asociación Colombiana de Representantes
Estudiantiles (ACREES) y la Federación Nacional de Representantes Estudiantiles
de Educación (FENARES), que fueron apoyadas por las organizaciones
profesorales, ASPU , la Mesa Amplia de Profesores Universitarios (MANPUP) y la
Asamblea de Representantes profesorales de las universidades públicas (ARPUP)
La movilización nacional se desarrolló en el contexto global de las protestas de
Los indignados en diversos lugares del mundo, guiados por las expresiones de
máxima indignación en Harvard, de los activistas anti globalización, contra las
políticas de la OCDE, del FMI y del Banco Mundial.
Como resultado, se reconoció institucionalmente la Mesa de Dialogo para la
construcción de acuerdos para la Educación Superior Pública y se validó la
protesta social como mecanismo legítimo de la democracia. Un logro
verdaderamente histórico del Movimiento Universitario (estudiantes,
profesores, empleados y trabajadores)
El 14 de diciembre de 2018 se divulgó el Acuerdo, sobre el aumento a la base
presupuestal de las universidades, del IPC,
más:
2019 3.5%
2020 4.0%
2021 4.5%
2022 4.65%
Actualmente el contexto nacional es bien diferente. El Presidente Gustavo Petro
es progresista y totalmente distante del paradigma neoliberal. Para el año 2023
promovió la aprobación del aumento a la base presupuestal del 5% y abrió el
debate sobre la reforma a la ley 30, en el marco de las reformas que viene
promoviendo desde su posesión. Igualmente anunció el aumento de 500.000
cupos.
Retomado la idea de que el elemento central es el Artículo 86, es preciso tener en
cuenta que las necesidades presupuestales para inversión en las universidades
públicas son muy cuantiosas y ya fueron acogidas en el Plan de Desarrollo, pero
dependiendo de la disponibilidad presupuestal.
Específicamente, los gastos de funcionamiento, no pueden depender del gobierno
de turno, ni de la disponibilidad presupuestal, ni del crédito bancario, como ocurría
antes de 1993. El Artículo 86 es bien claro y no es susceptible de interpretaciones.
Reconociendo que el ajuste del IPC es insuficiente, porque los costos de la
educación , en Colombia y en todo el mundo, aumentan más, se ha diseñado un
nuevo indicador ICES (Indice de costos de la Educación Superior), para aplicarlo a
las transferencias a la universidades públicas.
Pero si se tiene en cuenta que en 2018, con las manifestaciones multitudinarias se
logró , no solamente detener las pretensiones privatizadoras, sino aumentar 5%
por encima del IPC, es algo que no puede dar marcha atrás, lo cual ocurrirá si se
acoge la propuesta de “utilizar el índice costos de la Educación Superior ICES
como criterio de ajuste real de las transferencias a las IES públicas siempre y
cuando sea mayor al IPC”, lo cual implicaría desconocer el 5% logrado hasta el
momento, con el que vienen trabajando las universidades desde 2019 y se
crearía un desajuste financiero muy grave, más aún cuando se trata de seguir
aumentando la cobertura, con calidad, lo cual requiere más recursos.
En consecuencia, la propuesta debe ser: Aumentar las transferencias,
utilizando el ICES, siempre y cuando sea superior al IPC más 5%. Dicho en
otros términos: el mínimo debe ser IPC más 5%.
Si no se hace de esta manera se estará condenando a la asfixia presupuestal a
las universidades públicas con sus inexorables gravísimas consecuencias.
Luis Aurelio Ordóñez B.
Representante Profesoral
Consejo Académico
Universidad del Valle.